FmBolivia
Noticias de Bolivia y el mundo

CIDH: Convención Americana prohíbe censura de encuesta

El relator especial de la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Edison Lanza, manifestó que la Convención Americana de Derechos Humanos prohibe la censura en la realización y difusión de encuestas, cuando los requisitos se convierten en un “impedimento” o en “limitaciones” para su práctica.

Precisó que, si bien las encuestas deben estar bien elaboradas, con calidad, con la respectiva ficha técnica, de quién hace la encuesta, por un manejo transparente, estos requisitos mínimos, que pueden estar regulados por ley, no pueden constituirse en un impedimento para que se practiquen o se difundan sus resultados.

“Cuando estos requisitos se convierten en limitaciones a la posibilidad de realizar o difundir encuestas, la Relatoría dice que podemos estar frente a una situación de censura, la cual está prohibida por la Convención Americana de Derechos Humanos”, declaró Lanza en una entrevista concedida a ANF.

Detalló que la Relatoría para la Libertad de Expresión en 2003 realizó un estudio sobre la difusión de encuestas electorales, porque son herramientas importantes para evaluar la marcha de los candidatos y de los partidos políticos en el marco de un proceso electoral, mientras que para la ciudadanía son un elemento moderno para la toma de sus decisiones.

El miércoles pasado, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) prohibió la difusión de las encuestas de intención de voto que realizó la UMSA y la Fundación Jubileo en el marco de una iniciativa ciudadana denominada Tu voto cuenta.

Para bloquear la difusión de las encuestas, el organismo argumentó que existían “observaciones” técnico-legales respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley del Régimen Electoral y en el reglamento de difusión de estudios de opinión.

Sin embargo, Lanza insistió en que el cumplimiento de requisitos no puede ser un factor para autorizar la difusión de unas encuestas, porque viola el principio de la libertad de expresión.

“Los requisitos de transparencia de quién hace (la encuesta) y cómo se la hace son aceptables; pero, vuelvo a decir, que no puede ser una autorización previa de difundir una encuesta, porque eso vulnera la libertad de expresión que tienen todas las personas”, precisó el relator.

Las restricciones

Sanciones El relator sostiene que las “sanciones económicas cuando podrían ser desproporcionadas pueden generar un efecto inhibitorio igual a la censura”.
Censura previa Los estándares internacionales interamericanos dicen que durante los procesos electorales debe protegerse con mayor intensidad la libertad de expresión, la censura previa está prohibida.

Pagina Siete.