FmBolivia
Noticias de Bolivia y el mundo

Jueza vulnera derechos de niños y piden intervención del Gobierno

En videos socializados en redes sociales se observa a la jueza de familia de la localidad de Apolo intentado separar, por la fuerza, a unos niños de su madre para dar cumplimiento a una acción constitucional. El abogado Ramiro Carrillo asegura que si bien el hecho se registró en 2020, el Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales debe intervenir porque los derechos de los menores fueron vulnerados.

En los videos que fueron difundidos por las redes sociales se ve a los niños abrazados de su madre llorando desconsoladamente, mientras la jueza que estaba acompañada por otros funcionarios la amenaza y la coacciona haciéndole conocer a la madre que podría irle peor en La Paz.

¡Salí, salí!, le grita la jueza a la madre que estaba rodeada por sus hijos menores de edad. ¡Mami, mami!, gritaban los otros niños cuando éstos eran separados por la fuerza por la funcionaria del Órgano Judicial, quien en el forcejeo le saca el pantalón deportivo a uno de ellos y la toma del cuello a otra.
¿Cómo pueden ser tan malas, haciendo tanto daño a las wawas?, cuestiona la abuela de los niños, mientras otra funcionaria les gritaba ¡basta!

“Porque no has venido al juzgado, por qué no eres mujer, maricona, cobarde, mala mujer”, le grita la jueza a la madre, mientras el llanto de los niños seguía totalmente descontrolado y visiblemente asustados.
En otro video la jueza habla con la abuela de los cinco menores y le dice: “Señora el papá está pasando pensiones, qué hace tu hija, cómo va a vivir así, qué hace con tanta plata, 900 (bolivianos) cada mes da ese padre para estas wawas, qué cosa compra, mira cómo están tus nietitos, no los quieres?” La abuela responde: “Pero estamos en el campo, cómo quieren que en el campo se vistan, el hombre la dejó embarazada”.

“No tiene nada, ni se compra si quiera, tanta plata, qué hace con 900 (bolivianos)”, insistía la jueza mientras los menores escuchaban los gritos.

Después de que los videos se hicieran virales, la jueza socializó otro en el que intentó justificar su actuación.

“Soy Gabriela Luizaga Mamani, jueza público mixto de familia, niñez y adolescencia de la localidad de Apolo, (…) Fue una actuación de rescate que data de fecha 12 de octubre de 2020 (…) Las actuaciones se realizaron en el marco de un proceso de infracción por violencia seguida a instancias de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en contra de la señora que aparece en las imágenes, quien fue hallada responsable por violencia física y privación de derechos en contra de sus hijos de 4 y 6 años de edad”, aclara la jueza.

Manifestó que la acción se dio después de que se hubieran agotado las instancias procesales de carácter ordinario donde se le negó tutela a la señora que aparece en las imágenes.

“El día que acudimos al inmueble donde habitan los dos menores de edad intentamos persuadir a la progenitora y a la señora adulta mayor para que procedan a la entrega de los niños, pero más allá de hallar una respuesta favorable fuimos objeto de violencia porque la adulta mayor armada de un lazo procedió a golpearme. La trabajadora social fue agarrada de los pelos y otro fue arañado en los pechos”, dijo.

Continuó: “una vez tranquilizados los niños se los llevó a dependencias de la casa de justicia de la localidad de Apolo donde se hizo entrega a su progenitor quien en la actualidad tiene la guarda de los niños”.

La jueza dice que a más de un año de los hechos, los menores viven con su progenitor en la ciudad de El Alto donde acudieron a terapia psicológica en una institución que reflejó que se trata de niños maltratados.

“Uno de los menores presenta lesiones ocasionados por un palo con clavo en los tobillos, cabeza y brazos, hechos que fueron atribuidos al padrastro de los menores”, refirió.

EXCESOS

El abogado Ramiro Carrillo explicó a EL DIARIO que la jueza no debió ejecutar la acción constitucional sino ordenar que sean la Defensoría con ayuda de la Policía los directos responsables de cumplir sea cual sea la disposición constitucional que ordene dicha situación, incurriendo en responsabilidad personal por el accionar de todo ese personal.

“Ella solo debía ordenar y si hubiera oposición de la mamá, la Defensoría informa a la jueza de que hay oposición, de que no puede separarse de los niños y la jueza inmediatamente debe pedir refuerzo de la fuerza pública y remitir a la madre al Ministerio Público por desobediencia a resoluciones constitucionales u obstrucción a la justicia. Ha excedido en sus atribuciones. El exceso de la jueza podría ocasionar daños psicológicos permanente a los menores”, precisó.

El jurista aclaró que en ningún caso los jueces pueden hacer acción directa ya que para ello tienen secretario, oficial de diligencias y otros dependientes.

“En ese tipo de exhortos no es el juez sino el oficial de diligencias el que tiene que ejecutar”, dijo.
Carrillo apuntó que el Consejo de la Magistratura debería intervenir en este caso, más allá de las prescripciones que se podrían alegar aunque al tratarse de poco más de un año están a tiempo de tomar medidas que las normas le atribuyen, ello en razón a que los niños están protegidos no solo por normas internas sino por leyes internacionales.

Por otro lado, recordó que desde hace más de cuatro años está vigente el manual para juzgar con perspectiva de género donde dice que la prioridad son los niños y las mujeres.

“En este caso hay que hacer el control de convencionalidad, es decir, quién pesa más. En este caso la jueza ha valorado que el padre tiene una acción responsable cuando se sabe que los hombres no tenemos ese beneficio, en ese caso era la madre la primera que debería estar reforzada y por encima tanto del padre o la madre e inclusive de la abuela la protección es primaria de los niños”, apuntó.

Asimismo dijo que los derechos de los niños y las mujeres son imprescriptibles y en este caso el daño psicológico que ejerció contra los menores puede ser sancionado en cualquier momento, si es que las partes lo activan.

“En derecho, lo que nosotros consideramos son los hechos inmediatos con efectos permanentes, la misma jueza reconoce que los menores siguen en tratamiento psicológico en la ciudad de El Alto, entonces el hecho inmediato puede ser el 2020 pero el efecto es permanente porque siguen en tratamiento psicológico, por lo tanto el accionar de la jueza no ha concluido”, aclaró.

Asimismo apuntó que el Código Niña, Niño y Adolescente señala que hasta los siete años, en caso de los varones, y ocho, en mujeres, la guarda primordial es a favor de la madre, no puede ser a favor del padre por la etapa de crecimiento en la que se encuentran.

“La madre ha debido ser tan mala que debió querer matarlos, les debió dejar en abandono extremo como para que pretendan quitar a los niños, no ocurrió ese extremo y se estaría hablando de una mala valoración. El Consejo de la Magistratura revisa casos que solo tienen sentencia ejecutoriada y en este caso no lo hay y por eso no podría revisarlo. Lo que se podría hacer es que las instituciones como el Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales o la Defensoría del Pueblo se apersonen y revisen el caso de oficio. El viceministro César Siles tendría que revisar el caso para determinar si hubo vulneración de derechos de los menores como el derecho a la familia primigenia, educación, asistencia, etc.”, concluyó.

MAGISTRATURA

El presidente del Consejo de la Magistratura, Marvin Molina, informó a EL DIARIO que parte del equipo de la Unidad de Control y Fiscalización de la Distrital La Paz se constituirá hoy al municipio de Apolo para verificar si estos actos son reales, en qué fecha fueron y quiénes son las víctimas.

Molina precisó que existen protocolos para este tipo de acciones judiciales que la jueza presuntamente vulneró.

El Diario.