Acusación contra Ivan Arias no supone que deje de ser alcalde

La acusación que presentó el Ministerio Público contra el alcalde de La Paz, Iván Arias, por el caso de nombramiento ilegal, no supone que deba dejar el cargo, salvo que su situación jurídica cambie, explicó a EL DIARIO el abogado Israel Quino.

El fiscal departamental de La Paz, William Alave, informó ayer que presentaron la acusación formal contra Arias y tres exfuncionarios presuntamente involucrados en el nombramiento ilegal del exdirector Ejecutivo del Centro de Comunicaciones La Paz, Eddie G. G. R., mediante Resolución Ministerial con el aval y viabilidad de la Unidad Jurídica del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda en enero de 2020.

Prensa Libre

“El exministro de Obras Públicas es acusado por los presuntos delitos de nombramientos ilegales, uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes. El exdirector Ejecutivo del Centro de Comunicaciones La Paz, Eddie G. G. R., por los delitos de anticipación y prolongación de funciones, además de exdirectora General de Asuntos Jurídicos, Marlen R. A.C. y la exjefa de Análisis Jurídico, María del C.S.S., por incumplimiento de deberes, quienes no hubiesen tomado en cuenta ni corroboraron las condiciones legales para el desempeño de las funciones que esta persona debía cumplir”, dijo Alave.

El fiscal coordinador de anticorrupción, Eddy Flores, explicó que un elemento fundamental que se tomó en cuenta para la acusación de los cuatro exfuncionarios públicos, es que se tiene una Resolución Ministerial del 4 de marzo de 2020 emitida por el exministro Arias, con el que aprueba el “Manual de Puestos de Gestión 2020”, en el que incluye al Centro de Comunicaciones La Paz, donde se ratifica y, de la misma manera, exige los mismos requisitos indispensables omitidos al momento de la designación.

Flores, agregó que con la presentación de la acusación formal la Fiscalía está a la espera del señalamiento de inicio de juicio por parte de la autoridad jurisdiccional, donde pedirán ocho años de privación de libertad para la autoridad edil.

Por otro lado, Israel Quino explicó que de acuerdo a la Constitución Política del Estado (CPE) se presume la inocencia de todos los denunciados, por lo que una acusación no es suficiente para apartar del cargo a una autoridad electa, salvo que ésta sea enviada con detención preventiva o detención domiciliaria sin derecho a trabajo.

SUSPENSIÓN

En un criterio diferente, el abogado Eusebio Vera apuntó que existe una sentencia constitucional que señala que a la acusación formal ya deben ser suspendidos del cargo, aunque no exonerados.

“La imputación no prevé esa medida, ya que la imputación formal por su naturaleza es provisional, pero ya habiendo una acusación que le da al Ministerio Público un sentido de certeza en relación a la comisión de los delitos sí tiene que ser suspendido ese ciudadano que ha sido acusado y que tenga relación con su fuente laboral”, dijo.

Aclaró que, si el caso acusado no tiene que ver con sus funciones podría continuar, pero cuando los ilícitos acusados tienen relación con su desempeño, corresponde su suspensión.

“Este caso tiene relación porque estamos hablando de la administración de la función pública y actualmente es funcionario público, tiene relación”, aclaró.

Vera prevé que el juicio contra Arias empiece en un plazo de 80 días y una vez iniciado el juicio no debe extenderse por más de seis meses.

El Diario.