Implementan IVA cero para bienes de capital y facturación en línea
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) puso en marcha el Impuesto Al Valor Agregado (IVA) cero para la venta de bienes de capital en el mercado interno, además que implementó la facturación en línea para este tipo de transacción, informó el presidente del ente recaudador, Mario Cazón.
El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales presentó la opción “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391”, que está disponible en la página web www.impuestos.gob.bo para los contribuyentes que vendan en el mercado interno bienes de capital y otros insumos industriales importados o de producción nacional destinados a diversificar la matriz productiva, con el consiguiente impacto en la generación de fuentes de empleo y la reactivación de la economía boliviana.
En una conferencia de prensa, Cazón afirmó que “ya está disponible el sistema Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391 para los contribuyentes que vendan bienes de capital con Tasa Cero IVA (…); esto va a permitir que el aparato productivo pueda reactivarse”.
La Ley Nº 1391, de 31 de agosto de 2021, establece incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales de los sectores agropecuarios e industrial.
En ese contexto, la Administración Tributaria trabajó un sistema informático llamado “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391” para que los contribuyentes que vendan bienes de capital puedan emitir factura a través de la página www.impuestos.gob.bo.
La autoridad explicó que después de entrar en la página web www.impuestos.gob.bo, el contribuyente debe ingresar en la Oficina Virtual y al enlace Sistema Integrado de la Administración Tributaria (SIAT), donde debe poner sus credenciales de acceso.
Finalmente, debe seleccionar la opción emisión “Facturación Tasa Cero IVA Ley Nº 1391 Bienes de Capital”.
La propuesta del SIN es un preámbulo a lo que será la facturación en línea, que ingresará en ejecución a partir del primero de diciembre de la presente gestión.
Beneficios
De acuerdo con la Ley Nº 1391 y su Decreto Reglamentario, el contribuyente que vende bienes de capital en el mercado interno no está sujeto al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
No debe transcribir la información de las facturas de ventas de bienes de capital en el mercado interno, porque tendrá la generación automática del Libro de Ventas y, por tanto, tampoco deberá enviar este registro al SIN.
Recordó que la Tasa Cero IVA tendrá una duración de un año calendario, es decir hasta el 8 de septiembre de 2022.
El Diario