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Juez facilitó condiciones para liberar narcos

El Ministerio Público imputó a la juez de Santa Cruz, Cinthia Fabiola. P. Ch., por la presunta comisión de delitos de incumplimiento de deberes, prevaricato, retardo o negación de justicia, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y falsedad ideológica, luego de que, presuntamente, facilitara la liberación de dos imputados aprehendidos en flagrancia por delitos de narcotráfico.

“De la relación fáctica de los hechos, dentro del principio de objetividad, y habiendo efectuado la valoración de todos los elementos de convicción se estableció la posible autoría de la imputada en los delitos de corrupción”, declaró el fiscal departamental de Santa Cruz, Mirael Salguero.

El fiscal de materia Iván Ortíz, informó que la juez de sentencia, Cinthia Fabiola P. Ch. al concluir la audiencia de los imputados Andres Jesus Chavez Arce (boliviano) y Ramón Solano Ramirez (colombiano), aprehendidos en septiembre del 2018 en la localidad de San Julián en una avioneta que transportaba 170 kilos de cocaína, negó la asignación de nuevos riesgos procesales,

Según el Ministerio Público, la juez no efectuó la adecuada valoración de las pruebas ni de las argumentaciones por parte de los fiscales, mostrando conducta dolosa de ayuda a los narcotraficantes para que recuperen su libertad.

Durante el desarrollo de la audiencia de imposición de nuevos riesgos procesales los fiscales asignados al caso, Félix Balderas, Marcos Arce y Luis Enrique Rodríguez, acreditaron los riesgos procesales de peligro de fuga y obstaculización, solicitando que se les asigne esos nuevos riesgos procesales a los acusados.

De acuerdo con la imputación, el 28 de marzo de este año se instaló la audiencia en un caso de narcotráfico para considerar nuevos riesgos procesales en contra de dos imputados por los delitos de tráfico de sustancias controladas y asociación delictuosa en un juzgado de la ciudad de Santa Cruz.

Sin embargo, la juez denegó la solicitud de la Fiscalía y el Ministerio de Gobierno, de esta forma, facilitó y benefició a los acusados para que estos puedan obtener su libertad.

En ese entendido, la conducta de la imputada se adecúa a los cinco tipos penales de corrupción, en grado de autoría como se evidenció en el desarrollo de la audiencia, la grabación de la misma y el informe policial.

Ante la existencia de suficientes indicios y elementos de convicción, el Ministerio Público solicitó mediante la imputación la detención preventiva de la juez, para garantizar su presencia durante la investigación preliminar.

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