TCP concede acción de protección de privacidad a Camacho contra Ministro de Gobierno
- El Tribunal Constitucional Plurinacional revoca resolución anterior y exhorta al Centro Penitenciario de San Pedro de Chonchocoro a restringir medios de reproducción visual y fotográfica.
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ha otorgado una Acción de Protección de Privacidad en favor de Luis Fernando Camacho, revocando así la Resolución 15/2023 emitida el 24 de enero por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Esta decisión se traduce en dos medidas concretas:
- Conceder parcialmente la tutela solicitada por Camacho, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la Sentencia Constitucional Plurinacional.
- Exhortar al Director del Centro Penitenciario de San Pedro de Chonchocoro de La Paz a garantizar la restricción de medios de reproducción visual o fotográficos dentro del penal.
La sentencia se fundamenta en la constatación de que la publicación y difusión de una fotografía de Camacho recibiendo atención médica, tanto en una cuenta institucional como en redes sociales del Ministerio de Gobierno, constituyó una violación a su privacidad. Dicha imagen, al ser divulgada sin su consentimiento, reveló información personal sensible que se hizo de dominio público. Esta acción lesionó los derechos de Camacho a la privacidad, honra, honor, propia imagen y dignidad, pues la fotografía corresponde al ámbito íntimo de su vida privada y fue tomada en un contexto de especial vulnerabilidad, dado que se encuentra en detención preventiva en un centro penitenciario.
Esta resolución del TCP subraya la importancia de proteger los derechos fundamentales de las personas, incluso en situaciones de detención, y establece un precedente significativo en la defensa de la privacidad y la dignidad humana.