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Se multará con Bs 587 o trabajo comunitario por salir sin barbijo

Desde el lunes 1 de junio, la Alcaldía de La Paz sancionará a todas las personas que caminen por las calles sin barbijo con la multa de 250 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV) -que según la cotización de ayer equivalen a 587 bolivianos- o trabajo comunitario. Esta sanción forma parte de la Ley Municipal de Regulación de la Cuarentena.

Esta norma, que fue promulgada ayer por el alcalde Luis Revilla, también da facultades al burgomaestre para dictar la cuarentena total en todo el municipio así como por distritos o zonas.

“El incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 11 inciso b y 15 inciso a (que se refieren al uso de barbijos), así como la incitación al incumplimiento de las medidas establecidas en la presente norma, dará lugar a la conducción de el o los infractores hasta la Unidad de Conciliación Ciudadana, donde será sancionada con una multa de 250 UFV o alternativamente a trabajo comunitario en la fecha y hora determinada por autoridad policial”, se lee en el artículo 18 de la ley edil.

La multa económica es de 250 UFV, hasta ayer cada UFV era de 2,35 bolivianos; entonces la sanción equivale a 587 bolivianos. En caso de que los infractores no tengan recursos para pagar la sanción, deberán prestar servicio comunitario. Entre las opciones están limpieza y fumigación de calles, espacios públicos y bienes de dominio público; trabajos de limpieza, pintura o restauración de centros públicos de educación, de asistencia social y servicios municipales. A la lista de opciones se suman trabajos de limpieza, jardinería, reforestación u ornamentación en bienes de dominio público.

Esta norma establece que el trabajo comunitario se deberá cumplir en días y horas no laborables y no podrá exceder las ocho horas continuas. “Esto quiere decir que la gente debe cumplir con las disposiciones porque de lo contrario serán multados y conducidos a la unidad de Conciliación Ciudadana de la Policía”, dijo ayer por la tarde el alcalde Luis Revilla.

El artículo 15 dicta además algunas medidas de prevención en los espacios públicos como: mantener el distanciamiento físico en la calle, en lugares de alta afluencia como bancos, mercados y centros de abasto; llevar lo menos posible de accesorios, joyas u otros; llevar el cabello recogido y procurar utilizar protectores de cabellos en lugares de alta confluencia; además de utilizar otros elementos de protección como lentes, protectores de cara, ponchillos y mamelucos, según la necesidad.

Según el concejal Isaac Fernández, varios sectores demandan la reactivación económica. “Ya no es una responsabilidad exclusiva de las autoridades, sino de los ciudadanos, quienes deben cumplir algunas normas. Por ejemplo que sí o sí usen barbijos y guantes. Y a las mujeres se les recomienda salgan con el cabello recogido y que no lleven una gran cantidad de joyas”, declaró.

Cuarentenas por sectores

Con la norma, el Alcalde tiene la potestad de clasificar periódicamente el grado o nivel de amenaza, vulnerabilidad sanitaria en el municipio en su integridad y de cada uno de sus macrodistritos y distritos urbanos y rurales.

“Cuando el incumplimiento de las actividades, acciones, medidas y decisiones previstas en la presente Ley Municipal, adoptadas por el Órgano Ejecutivo Municipal o el COEM (Centro de Operaciones de Emergencia Municipal) tenga impacto directo en el rebrote, propagación y contagio masivo de la enfermedad Covid-19 en el Municipio de La Paz, el COEM asumirá inmediatamente las medidas de restricción que considere necesarias”, se lee en el artículo 8.

El concejal Fernández dijo que si se incrementan los casos, el Alcalde puede dictar la cuarentena total. “Ahí se puede determinar aislar a una zona o todo un macrodistrito por tener mayor número de casos con Covid- 19”, afirmó.

La concejala Cecilia Chacón observó esta determinación y otras disposiciones porque no guardan relación con la normativa dictada por el Gobierno nacional, se toman atribuciones que corresponden al Ministerio de Salud. “Se está incurriendo en una arrogación de competencias de otro nivel de Estado que podría terminar en una usurpación de funciones”, declaró en la sesión de la noche del martes.

La presidenta del Concejo, Andrea Cornejo, respondió que el Decreto Supremo 4229 de cuarentena dinámica sólo estaría vigente hasta fin de mes y que eso justificaría que el municipio cuente con su propia norma.

Pagina Siete

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