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Plazos críticos para el referendo: El ejecutivo enfrenta dos filtros clave

El camino hacia el referendo del 1 de diciembre está condicionado por plazos ajustados

26 de agosto de 2024.- Para que el referendo previsto para el 1 de diciembre se lleve a cabo, el Ejecutivo debe superar dos filtros cruciales antes de emitir el decreto final. El abogado constitucionalista Israel Quino ha explicado que, para cumplir con la fecha, el Presidente debe resolver el proceso hasta el 30 de agosto y emitir el decreto el 31 de agosto.

1. Control del Tribunal Supremo Electoral (TSE):
El Presidente ya envió las preguntas del referendo al TSE para evaluar su precisión y claridad. El TSE observó las preguntas y solicitó modificaciones, eliminando la cuarta pregunta que implicaba una reforma parcial. El Ejecutivo debe reformar o ajustar las preguntas conforme a las observaciones y el TSE debe responder a estos cambios en un plazo ajustado de no más de 24 horas, dado el calendario apretado.

2. Control de Constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP):
Una vez que el TSE haya respondido, el Ejecutivo deberá remitir las preguntas reformadas al TCP para su control de constitucionalidad. El TCP, idealmente, tiene un plazo de 15 días para pronunciarse, pero debido a la urgencia, podría tener solo 72 horas para emitir su declaración.

Si ambos filtros se completan exitosamente para el 30 de agosto, el Presidente podría emitir el decreto supremo el 31 de agosto, iniciando el proceso de referendo en un plazo de 90 días.