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Sólo el 40% de vehículos podrá circular a partir del 1 de junio

Las dos primeras semanas a partir del 1 de junio, sólo el 40 % en La Paz y El Alto, podrán circular, con restricción vehicular mediante las placas, para evitar congestionamiento y posteriormente se analizará la continuidad o no con la flexibilización.

Una de las principales reglas para este cometido, y el cumplimiento estricto de la misma es la reglamentación en el número de pasajeros que deberán transportar cada motorizado, ya sean buses o minibuses, el cual estará normadas, así como para el transporte interprovincial.

De esta forma y bajo normas implementadas por autoridades departamentales y del mismo municipio de El Alto, establece que la circulación del autotransporte se regirá de acuerdo a la terminación del número de la placa vehicular.

Los lunes estarán habilitados para circular los autos cuyos números de placas terminen en 1, 2, 3 y 4, el martes las placas que terminen en 5, 6, 7 y 8, el miércoles en 9, 0, 1 y 2, el jueves en 3, 4, 5 y 6, finalmente el viernes las placas que terminan en 7, 8, 9 y 0. “Los días sábado y domingo hay restricción total”.

En cuanto a los horarios de circulación, otra de las normas señalan que el transporte público tiene permiso para operar desde las 05:00 hasta las 18:00, para el efecto los choferes deberán prever el tiempo de viajes para evitar estar en la calle fuera del horario establecido.

DE LOS ASIENTOS

En cuantos a los asientos permitidos para que sean ocupados son los laterales, además, las ventanas de cada vehículo tienen que poder ser abiertos para la ventilación correspondiente del ambiente.

Los mismos requisitos deberán cumplir en otros tipos de vehículos, es decir, la reducción del número de pasajeros que se puede transportar, con todas normativas dentro de las mismas.

En la norma departamental también se establece la instalación de puntos de control en diferentes trancas donde se verificará el cumplimiento de las medidas de bioseguridad.

CONDICIONES DE BIOSEGURIDAD

De la misma forma las condiciones de bioseguridad fueron establecidas para pasajeros y conductores, como el uso de barbijo obligatorio, portar un bidón con solución jabonosa, portar dispensador de alcohol en gel para usuarios, separador físico entre conductor y pasajeros, ventanas operables, desinfectar el dispensador de monedas, material de asientos lavable e impermeable, está prohibido los adornos y objetos susceptibles de contaminación en el tablero, desinfectar el vehículo en paradas de origen y destino, no se permite el viaje de pasajeros parados y la presencia del voceador está prohibida.

SANCIONES

En cuanto a las sanciones que serán efectuadas mediante la policía boliviana, donde se clasificó entre graves y gravísimas, donde en el primera caso el chofer infractor debe cumplir 8 horas de arresto y la cancelación de Bs.1.000, mientras en el segundo el vehículo deberá quedar depositado, y luego de un tiempo perentorio el propietario podrán recoger sin antes la cancelación de Bs 2.000.

Pagina Siete

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