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Observan el proyecto de estados de excepción, ven movida política

El Gobierno rechazó ayer la aprobación en el Senado del proyecto de ley de estados de excepción. Los expertos, por otro lado, ven que el estado de excepción está suficientemente desarrollado en la Constitución Política del Estado (CPE), por lo que consideran que la aprobación del proyecto obedece a móviles políticos.

“Tratan de sacar una ley de excepción para que no pueda actuar ni la Policía ni las Fuerzas Armadas. Para eso sirve los dos tercios del MAS”, sostuvo el ministro de Gobierno, Arturo Murillo, quien cree que esa ley “es para tratar de desestabilizar el país”.

Samuel Doria Medina, candidato a la vicepresidencia por Juntos, sostuvo: “El Senado azul usa la ALP (Asamblea Legislativa Plurinacional) como arma para favorecer sus intereses partidarios”. “La CPE nos obliga a normar el estado de excepción” replicó el diputado del MAS Franklin Flores.

El análisis del caso

Uno de los artículos que generó polémica del proyecto es el que dice que los funcionarios, civiles, militares y policiales, serán responsables de los actos que emitan, de las órdenes que impartan y las acciones que realicen en el estado de excepción.

Al respecto, el constitucionalista Luis Vásquez sostuvo: “Eso está en la Constitución”. “Cuando una norma excepcional te permite la supresión de derechos fundamentales, como es el estado de excepción, la CPE establece que las autoridades deberán rendir cuentas de sus actos y que todas las acciones que han llevado adelante deberán justificarlas”.

Vásquez considera que el estado de excepción está suficientemente desarrollado en la CPE. “Tiene suficiente desarrollo normativo en la propia CPE, porque dice quién lo puede dictar, cómo debe dictarse, en qué circunstancias y cómo debe ser aprobado”, explicó.

El constitucionalista sostuvo que en Bolivia, en la actualidad, estamos viviendo un estado de excepción “que no está de acuerdo a lo que dice la CPE”, que dispone -explicó- que esa medida debe ser decretada por el Ejecutivo cuando hay un grave conflicto internacional, cuando hay una grave situación de conmoción interna o en los casos que haya una grave situación que amenace los valores fundamentales. “En este caso, por ejemplo, la pandemia, que amenaza el valor fundamental de la vida”, manifestó.

“Se ha dictado estado de excepción sanitario y esto no existe en la CPE y desde luego no ha sido considerado por la propia ALP”, comentó.

Vásquez se preguntó por qué el Legislativo en vez de considerar ese elemento, “buscar la constitucionalidad de lo que ocurrió”, aborda un proyecto que “lo único que hace es tratar de reglamentar lo que la CPE ya establece”.

Para el constitucionalista, “estamos viviendo en un estado anómalo”. “Si bien el Gobierno no dictó estado de excepción de conformidad a lo que dice la CPE, tampoco la ALP hizo prevalecer el mandato constitucional que tiene de autorizar este estado de excepción. No lo hizo. Entonces, ha abdicado también de sus responsabilidades”.

En ese marco, Vásquez dijo que estamos frente a un “tema político”, que emerge de una confrontación entre el Ejecutivo y el Legislativo. “Esto forma parte del recrudecimiento de las relaciones entre dos órganos del Estado… Ambos han incumplido la Constitución”, agregó.

Arturo Yáñez, presidente del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia, considera que la ALP perdió “su esencia de pensar en legislar en función del bien común y ahora sólo se encarga de legislar en función de los intereses de un partido político”.

Está en la CPE

Disposición La CPE establece que en caso de peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural, la Presidenta tendrá la potestad de declarar el estado de excepción.
ALP El Legislativo debe aprobar la vigencia del estado de excepción dentro de las 72 horas siguientes a la declaración que haga el Ejecutivo.
Cuentas La CPE dispone que el Ejecutivo rendirá cuentas a la Asamblea Legislativa Plurinacional de los motivos que dieron lugar a la declaración del estado de excepción, así como del uso que haya hecho de las facultades conferidas por la Constitución y la ley.

Pagina Siete

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