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Gobierno garantiza cumplimiento de Ley de diferimiento de créditos y alista reglamentación a favor de sectores más necesitados

Los ministros de la Presidencia, Yerko Núñez, y de Economía, José Luis Parada, garantizaron el martes el cumplimiento de la Ley 1294 de diferimiento de pagos de créditos y anunciaron una reglamentación para beneficiar de manera prioritaria a los sectores de menores ingresos.

Núñez, tras una reunión de coordinación entre el Ejecutivo y el Legislativo, dijo que en ese encuentro se concluyó que una primera parte de la Ley se cumplió respecto a los plazos que menciona en su artículo 1.

«No obstante, (ahora) se dará la aplicación a la segunda parte de la Ley mediante la aprobación de una norma, que priorice el beneficio a los sectores con menores ingresos (…) y poder trabajar en los siguientes días para poder cumplir a cabalidad lo que establece la Ley y lo que el pueblo boliviano está esperando», afirmó.

El artículo 1 de la Ley 1294 establece que «las entidades de intermediación financieras que operan en territorio nacional, deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia por la pandemia del coronavirus (COVID-19) y otorgando un lapso máximo de hasta seis (6) meses posteriores al levantamiento de la declaración de emergencia».

Mientras, en la disposición final primera de la Ley-que también recordaron Núñez y Parada- se determina que el «Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el plazo de hasta 2 (dos) días calendario, a partir de su promulgación, priorizando beneficiar a los sectores con menores ingresos».

Es por eso que «en una primera etapa hubo una universalización de lo que son los diferimientos automáticos que se realizaron en los bancos a partir de marzo, abril y mayo. (Ahora) en esta segunda parte, con la reglamentación que hemos acordado, se beneficiará sobre todo a la pequeña, mediana industria, a los transportistas y los gremiales», remarcó Parada.

Núñez acotó que se tendrán reuniones con diferentes sectores de la población a fin de socializar precisamente la mencionada disposición final primera de la Ley para beneficiar a los sectores con menores ingresos.

La confusión sobre el diferimiento de pagos de créditos se generó después de que la ASFI comunicó el pasado 2 de mayo que, «en cumplimiento de lo establecido mediante la Ley 1294 y el Decreto Supremo 4206 (…) a partir del mes de junio los pagos se deben efectuar (…)».

Sin embargo, nosotros «vamos a cumplir con la Ley. La reglamentación que se haga será enmarcada en la Ley 1294. La ASFI es parte del equipo económico del Ministerio de Economía y este ministerio siempre ha cumplido con lo que se ha dicho. Por lo tanto, garantizamos el cumplimiento de la Ley, no hay para qué seguir distorsionando», insistió Parada.

EC/VCT ABI

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