Gafilat evaluará qué hizo el país en 10 años tras salir de lista gris

Bolivia está a punto de ser evaluada en noviembre por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) sobre los mecanismos y sistemas que creó para la prevención y el combate de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Esta revisión tomará en cuenta todo lo que hizo el país desde 2011 en esta materia, advierte Ramiro Rivas Montealegre, exdirector de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF).

Rivas asegura que cualquier ley que se apruebe ahora, sólo servirá para una evaluación futura sobre su eficiencia y cumplimiento de estándares internacionales.

Prensa Libre

En respuesta a un cuestionario de Página Siete, explica los alcances de esta revisión tras el debate surgido sobre el proyecto de Ley Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y Financiamiento del Terrorrismo.

¿Qué tipo de evaluaciones realiza el Gafilat y cómo salió el país hasta el momento?

Bolivia a la fecha fue evaluada por el Gafisud, hoy Gafilat, en tres rondas, en este momento está rumbo a la cuarta ronda. Estas fueron las evaluaciones: primera ronda 2002: Satisfactorio. Segunda ronda 2006: Con observaciones. Tercera ronda 2011: Con observaciones. Cuarta ronda 2021: En proceso.

Con los resultados de la segunda ronda de Evaluación por la Gafisud en 2006, y las evaluaciones en febrero de 2010 por el Gafisud, ante las deficiencias normativas y operativas, Bolivia entra a la “Lista Gris”, de la que salió en 2013, en la tercera plenaria en Oslo.

En noviembre, Bolivia estará frente a la cuarta ronda de evaluación por el Gafilat como resultado de las actuaciones normativas y operativas de la UIF a partir de 2011, considerando la salida de la Lista Gris en 2013.

Lo preocupante es (ver) qué hizo el Estado boliviano en estos 10 años transcurridos a partir de la tercera ronda de evaluación de 2011 para superar y proponer respuestas en el contexto nacional e internacional, porque a último momento se pretende aprobar leyes contra la legitimación de ganancias ilícitas, el financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, no convencionales. Si la evaluación es al pasado, es decir de 2011 a 2021, cualquier ley que se apruebe ahora servirá para una evaluación futura sobre su eficiencia y cumplimiento de estándares internacionales.

¿Qué hizo Bolivia en este tiempo en esa materia?

A partir de la nueva Constitución Política del Estado de 2009 y sobre la base de la incorporación en el Código Penal modificado por la Ley 1768 de 1997 del tipo penal de Legitimación de Ganancias Ilícitas y la Creación de la UIF, se han aprobado nuevas leyes y decretos que vinculan delitos precedentes al lavado de dinero.

Es el caso de la Ley 004, de Lucha contra la Corrupción; la Ley 913 de Extinción de Dominio de Bienes; leyes 170 y 262 que modificaron el Artículo 185 bis del Código Penal referente a la legitimación de ganancias ilícitas; y básicamente los decretos supremos 910 referentes a la determinación y aplicación de sanciones administrativas en lo concerniente a la legitimación de ganancias ilícitas por parte de la UIF, la ASFI y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, y 3434 del reglamento de la Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas.

En consecuencia, Bolivia cuenta con un conglomerado normativo que lo único que queda es saber operativizar.

¿Cuáles son los rangos y alcances de la evaluación del Gafilat?

El Gafilat toma como base la última ronda de evaluación, es decir los resultados de la tercera Ronda realizada el 2011, más los resultados del seguimiento al 2013; para este cometido forma un equipo evaluador compuesto por funcionarios técnicos y ejecutivos de las UIF de otros países miembros.

De inicio y previa a la visita in situ, remiten formularios para que sean llenados por las autoridades reguladoras y fiscalizadores de los sujetos obligados, así como a las autoridades de la ley para determinar el grado de cumplimiento operativo y resultados tangibles de la lucha. Posteriormente, se realiza la visita in situ de la comisión del Gafilat, que realizan visitas y entrevistas institucionales a los reguladores, fiscalizadores y regulados (sujetos obligados), así como a las autoridades de la ley: jueces, fiscales y policías.

Una vez concluida las visitas y entrevistas, los miembros de la comisión, desde sus países de origen, realizan la evaluación de resultados en estricta coordinación con la central del Gafilat.

Los resultados conclusivos y observaciones son expuestos en una siguiente plenaria del Gafilat , de cuyos resultados se eleva informe al GAFI central para su consideración de las acciones a seguir. De estas conclusiones podrían surgir sanciones o no.

¿Qué se espera de esta cuarta ronda y qué compromisos debe asumir Bolivia en materia de lucha contra el lavado de dinero y lucha contra el terrorismo?

Es una situación delicada, el proyecto de Ley de Legitimación de Ganancias Ilícitas está muy criticado y resistido, por lo que se ha convertido en un proyecto contaminado, haciéndose inaceptable.

No entraré a un análisis en detalle del proyecto de ley, solo comentarle que todos los analistas, críticos, comentaristas y académicos, entre los que incluyo a senadores y diputados de oposición y oficialismo, así como ministros, viceministros y otras autoridades ejecutivas del Estado, todos desconocen la historia de la UIF, el objeto de su creación, tratamiento del secreto bancario, que es un sujeto obligado, entre otros.

Son imprecisiones que seguro surgen de la mala y/o errónea información que genera la UIF, llevando a la incertidumbre, desconfianza y temor (terror) en la sociedad civil y empresarial boliviana e internacional

Así como se encuentra el tratamiento y socialización del proyecto de ley, Bolivia es una preocupación, generando desconfianza e inseguridad jurídica nacional e internacional, observada por el GAFI, por la banca internacional, por los organismos multilaterales de lucha contra el crimen, así como por las empresas de inversión y desarrollo.

La UIF que aprenda a trabajar con lo que tiene, pero sin apasionamientos, e informe la realidad del estado de situación y problemática que enfrenta Bolivia.

Esto conduce a sugerir que es necesario tecnificar, profesionalizar y jerarquizar toda la UIF con profesionales calificados y técnicos, para que Bolivia cuente con una UIF técnica, independiente e imparcial, que ofrezca servicios de calidad, en estricto cumplimento de la ley, de la Constitución, de las 40 recomendaciones del GAFI y de los tratados internacionales. Todo con el objeto de promover una “justicia legal”.

Ante la actual coyuntura y problemática, una solución es encarar la evaluación por el Gafilat con las normas legales vigentes. Lo demás se puede ir ajustando y cumpliendo durante el seguimiento posterior que realizará el Gafilat.

Esto es volver a fojas cero, con el compromiso de Bolivia ante el Gafilat y la comunidad internacional de cumplir, adecuar y actualizar su marco normativo bajo principios de legalidad, debido proceso, y presunción de inocencia.

Para cumplir los compromisos asumidos posevaluación, que son a mediano y largo plazo, es un imperativo que Bolivia cuente con un Estado democrático y un gobierno estable, lo que en este momento se tiene garantizado.

En 2020, cuando estaba agendada la cuarta evaluación, Bolivia vivía una total inestabilidad política y democrática. También enfrentaba las graves amenazas de la pandemia de la Covid-19.

Usted ha sido fundador y primer director de la UIF, ¿por qué nace la entidad y cómo se hacían las investigaciones antes?

La UIF fue creada por Ley 1768 de 10 de marzo de 1997 en respuesta a las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y a compromisos del Estado boliviano. Consciente de la problemática que genera el lavado de dinero en el sistema económico de un país y sus efectos sociales colaterales, el Estado asume la necesidad de entablar una lucha frontal, razón por la cual se incorpora en la legislación la tipificación del delito de legitimación de ganancias ilícitas (185 bis del Código Penal de 1997).

Se opta por una disposición completa que cubra todas las etapas o circuitos, no interesando que la conducta principal se hubiera realizado en el exterior, siempre que esté tipificada como delito en ambos Estados. Para una mayor efectividad de la persecución penal, se estableció el régimen de retención de activos financieros provenientes de este delito, el régimen de infracciones administrativas y los procedimientos para la imposición de sanciones a entidades financieras y sus directores, gerentes o administradores.

Como complemento sustancial se sienta las bases y lineamientos esenciales del régimen administrativo de creación de la UIF. En este contexto se aprobó el decreto reglamentario que define la organización y atribuciones, el procedimiento y la forma de transmisión de la información de los sujetos obligados como son los reportes de operaciones sospechosas (ROS), a través del Decreto Supremo 24771 de 31 de julio de 1997.

“Es necesario tecnificar, profesionalizar y jerarquizar toda la UIF con profesionales calificados y técnicos”.

Ramiro Rivas, exdirector de la UIF

HOJA DE VIDA

Perfil Ramiro Rivas tiene formación en derecho y auditoría financiera; tres maestrías en finanzas, administración de empresas y derecho económico, y dos doctorados en derecho penal económico y derecho penal y política criminal.

Cargo Primer director de la UIF 1997-2004 y 2019-2020.

Pagina Siete.