Funcionarios electos no deben renunciar para ser candidatos

Los funcionarios públicos electos que deseen participar como candidatos en las elecciones del 20 de octubre próximo ya no deben renunciar a sus cargos 3 meses antes, como está establecido en la Constitución Política del Estado (CPE).

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) eliminó la obligatoriedad que tenían los funcionarios electos de dejar sus cargos, al “dar aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos sobre el artículo 238.3 de la Constitución Política del Estado”.

“Luego de ejercido el control difuso de convencionalidad, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en cumplimiento de sus funciones, determinó a través de la Sentencia Constitucional Plurinacional dar preferencia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos “siguiendo el criterio de favorabilidad, el principio y valor de igualdad y la permisión que hace la misma Ley Fundamental”.

El Tribunal Constitucional emitió la sentencia en respuesta a la “acción de inconstitucionalidad abstracta” interpuesta por los diputados Norma Alicia Piérola Valdez y Alcides Andrés Gallardo Ibarra, en la que plantearon anteponer el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos a lo que establece la CPE, “respecto al requisito habilitante de renuncia (anticipada) para autoridades”, “por afectar la igualdad y ser discriminatoria, ya que dicha condición no es exigida para el Presidente y el Vicepresidente del Estado, cuando también son cargos electos por voto popular y en elecciones generales”.

La medida fue aplaudida por el oficialismo y la oposición. “La disposición de la renuncia de tres meses antes era anticonstitucional. Por tanto, creo que es justo el fallo que emitió el TCP”, dijo Nilton Condori, vocero nacional del Movimiento Tercer Sistema de Félix Patzi.

David Ramos, diputado del MAS, afirmó: “Nos parece un fallo equilibrado. Hoy, las autoridades que están actualmente ejerciendo un cargo, no deberán renunciar a sus puestos. De esta manera se profundiza la democracia en el país”.

Evo y Álvaro, los privilegiados

Antes de la disposición del TCP, todos los candidatos que ocupaban cargos públicos debían renunciar 90 días antes de las elecciones de octubre, menos el binomio del MAS, Evo Morales y Álvaro García Linera.

“Las autoridades electas deben cumplir con lo que establece la normativa. Todas las autoridades que deseen candidatear deben también cumplir con ese requisito (de renunciar 90 días antes de los comicios)”, expresó Idelfonso Mamani, vocal del TSE, durante el lanzamiento de la convocatoria para las elecciones de octubre.

El artículo 238, numeral 3, de la Constitución establece que no podrán acceder a cargos públicos electivos “quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente del Estado”.

En ese momento, la oposición protestó por esta disposición al considerarla “discriminatoria”, ya que el binomio del MAS era el único que estaba exento.

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