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Spot del TSE decía que si ganaba el No en el 21F, Evo Morales y Álvaro García Linera no podrían ser candidatos

La producción del OEP se difundió antes del referendo del 21 de febrero de 2016, para explicar a la ciudadanía sobre el alcance de la consulta.

A un mes de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) decida sobre la habilitación o no de Evo Morales y Álvaro García Linera para las elecciones del siguiente año, en las redes sociales activaron un spot de ese organismo en el que explicaba que si ganaba el No en el referendo del 21 de febrero de 2016, los mandatarios no podrían ser candidatos en las elecciones de 2019.

El video empezó a ser compartido por grupos de WhatsApp y otras redes sociales. Se trata de una producción del Órgano Electoral Plurinacional, de acuerdo con su sello al final del material que tiene una duración de 46 segundos.

“¿Sobre qué se decidirá el 21 de febrero?”, con esta pregunta inicia el spot. Detalla a continuación que será sobre la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado y mediante una imagen muestra el contenido de esa disposición.

“En caso de ganar la opción Sí, se aprueba la reforma del artículo 168 de la Constitución; eso implica que los actuales mandatarios podrían postularse como candidatos en las elecciones generales de 2019. En caso de ganar la opción No, se rechaza la reforma del artículo 168 de la Constitución, esto implica que los actuales mandatarios no podrán postularse como candidatos en las elecciones de 2019. En tu voto está la decisión”, así cierra la producción audiovisual.

El resultado de ese proceso electoral fue de victoria para la opción No, es decir, que la ciudadanía votó de manera mayoritaria para que los mandatarios no sean candidatos en las futuras elecciones de 2019.

Sin embargo, el MAS logró un fallo favorable del Tribunal Constitucional Plurinacional, basado en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos que habilita a Morales y García Linera para ir por una cuarta reelección. Las autoridades ahora sostienen que no se modificó el artículo 168 y «sigue vigente». No obstante, los mandatarios serán candidatos.

A más de dos años de ese proceso electoral, el Tribunal Supremo Electoral tiene que decidir sobre si habilita o no a los anunciados candidatos del MAS, que perdieron en el referendo, pero que defienden la sentencia 084/2017 del TCP.

ANF/Página Siete

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