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La Manada: abogada señala que jueza omitió 8 pericias

Tras un año y medio, la abogada de la víctima en el caso de La Manada boliviana, Arleti Tordoya, denuncia que la jueza Shirley Bacerra desestimó al menos ocho pericias para absolver al menor de edad acusado de violación en grado de coautoría. Según el acta de sentencia, Becerra determinó que el delito no pudo ser probado porque fue la madre quien hizo la denuncia y no la víctima.

El 14 de diciembre de 2018, la joven de 18 años salió con cinco de sus amigos. Lo siguiente que recuerda es que despertó tres días después en un hospital. Los análisis clínicos evidenciaron que ella había sido drogada. Su cuerpo estaba lleno de moretones y presentaba lesiones que confirmaban un vejamen.

“La sentencia de la jueza está basada en descontextualizar las pruebas, en no valorar algunos informes periciales judicializados y en desacreditar el testimonio de los médicos que asistieron a declarar”, afirmó Tordoya, quien también es integrante de Mujeres Creando.

El informe de la médico otorrinolaringóloga que documentó lesiones en el paladar a causa de “sexo oral brusco”, el informe de la médico forense que certificó laceraciones en la zona anal y el certificado del médico de emergencias de la Clínica Ucebol que verificó que la víctima estaba desorientada en tiempo y espacio, fueron algunas de las pruebas desestimadas por Becerra.

El ministro de Justicia, Héctor Arce pidió al Consejo de la Magistratura una auditoría completa e integral al proceso. Afirmó que la petición se hace por la falta de claridad en la sentencia “que da a entender que el hecho de violación no existió”. “Esto puede entorpecer la investigación de fondo en un tribunal de sentencia contra los otros cuatro”, dijo.

8 pruebas que la jueza desestimó

Según Tordoya hay al menos ocho omisiones por parte de la jueza en la sentencia que absolvió al menor acusado de violación en grado de coautoría.

Primera. La prueba de planimetría y geoposicionamiento. Según este informe, la permanencia de los cinco acusados y la víctima en el motel Deluxe fue de una hora, cinco minutos y 59 segundos.

Tordoya explica que la víctima tuvo consciencia sólo los primeros quince minutos. Asegura que la afirmación de la jueza, de que no hubo violación por la convulsión, no considera el tiempo restante. “La jueza quiere explicar que en toda la hora que estuvieron, ella se desvaneció, convulsionó y que la llevaron a la clínica”, afirmó la abogada.

Segunda. El certificado Médico Forense, considerada la prueba clave de la agresión, es una valoración integral, física y proctológica de la víctima. En el documento consta “signos recientes de acto contranatura o acceso carnal vía anal reciente”. La abogada refiere que esto fue desestimado en la sentencia afirmando que la jueza quiso desde el inicio “tumbar” la agresión sexual.

“En las audiencias le preguntó a la forense si hay drogas que producen la dilatación en el ano. Pareciera que ella considera de que sólo puede ser violación si es por vía vaginal”, sostuvo.

Tercera. El examen proctológico. Si bien la joven ya había sido revisada por la forense, 19 días después acudió a otro médico porque continuaba con dolores e inflamación. El segundo galeno fue citado como testigo a la audiencia y explicó que “el proceso inflamatorio pudo deberse a un factor traumático (como la penetración contranatura), mala dieta u obesidad”. El profesional no pudo afirmar que la inflamación fue por causa de agresión sexual debido a que había pasado mucho tiempo.

Para Tordoya, el hecho de que haya continuado la inflamación 19 días después, es una prueba contundente de la agresión.

Cuarta. Marcas de sujeción. En el informe elaborado por la médico forense se certifica “equimosis en ambas caderas, cinco en la cadera derecha y tres en la izquierda, debido a la digitopresión” explicando que “se producen con el afán de sujeción e inmovilización.

Quinta. El informe de la médico otorrinolaringóloga. Fue elaborado porque la víctima tenía el paladar lastimado y dificultad en la deglución. La especialista refirió que la lesión fue “porque se introdujo algo que golpeó directamente y con fuerza el paladar y la válvula”.

Durante la declaración se le preguntó a la profesional las posibles causas y ella dijo: “le pregunté (a la joven) y ella sólo lloraba, yo puedo pensar que la obligaron a tener sexo oral brusco”.

Sexta. Inconsciencia de la víctima. Durante una audiencia, el toxicólogo citado como experto fue consultado sobre si la joven pudo estar lúcida para dar su consentimiento para un acto sexual. Él respondió: “no, el éxtasis produce euforia, el alcohol produce inhibición y la marihuana tienen un efecto mixto, no se evoca a una clasificación en particular, sino que tiene un efecto inhibitorio y altera la relación tiempo-espacio”.

Además agregó: “estas son drogas facilitadoras de violencia sexual, porque justamente la inconsciencia es una situación que produce desventaja, indefensión e incapacidad de resistir”.

El informe del médico de emergencia, acorde a lo sugerido por el toxicólogo, indica que “la paciente se encontraba desorientada” cuando ingresó a la clínica.

Séptima. La pericia psicológica forense al menor acusado. Es el informe del 18 de febrero elaborado por el perito Juan Carlos Salinas, para determinar si el imputado posee nivel de violencia bajo, moderado o alto. El documentó certificó un “nivel moderado”.

“Es cierto que no tiene un nivel alto de violencia pero tampoco lo tiene bajo y dentro de sus consideraciones. El informe menciona que él no posee remordimiento por lo que sucede a su alrededor”, aseveró la jurista.

Octava. Habitación del motel reducida. Durante la inspección ocular, se evidenció que la habitación 13 del motel Deluxe es un monoambiente en el que la cama se divide del baño por un vidrio esmerilado. Para la abogada esto da cuenta de que es imposible que alguno de los involucrados no se haya percatado de lo que ocurría.

“Ellos cuentan que tres (incluido el menor) estaban sobre la cama y que la víctima estuvo en el baño junto a otros dos. Es improbable que no hayan notado el hecho por lo que hay complicidad entre ellos”.

La defensa de la víctima anunció que apelarán este lunes la sentencia que recibió el menor acusado en el caso. El fiscal de distrito, Mirael Salguero, afirmó que como Ministerio Público se asumirá la misma medida por estar en desacuerdo con el fallo.

“Como Ministerio Público, mantenemos nuestra teoría de que la violación existió, por eso vamos a apelar”, declaró.

Parte y contraparte

Luego de la sentencia que declaró inocente al menor acusado de violación, la familia del adolescente expresó su alegría y consideró que la decisión fue tomada porque no se probó el delito.

“La verdad que fue demostrada en audiencia es que el hecho nunca existió. No es sólo que mi hijo no participó sino que la violación no pudo ser demostrada”, manifestó la madre del menor de edad. Agregó: “eso era lo que pedíamos, que dejen a los administradores de justicia que impartan justicia sin presiones, sin opiniones mediáticas, sin redes. Porque los conflictos legales se dirimen en la justicia con pruebas, no con indicios o suposiciones ni con las hormonas”.

La familia de la víctima expresó su descontento ante el fallo. “Becerra tiene que rendir cuentas porque hay pruebas y testigos que vieron a mi hija. Nosotros no nos inventamos nada. ¿Cómo quería ella que mi hija vaya a denunciar si estaba en un hospital? Tenía que hacerlo yo. Porque yo soy su madre. ¿Ustedes creen que yo voy a ir a denunciar un acto de mentira?, ¿creen que voy a exponer a mi familia y a mi hija por una mentira? Sólo pedimos justicia, no pedimos plata”, aseveró la madre.

Qué dice la sentencia

Según consta en el acta de sentencia, la jueza consideró improbable la violación debido a que la víctima “tendría que haber recordado y denunciado” la agresión y no la madre. Desestimó el argumento presentado por el Ministerio Público de que la joven sufrió una pérdida de memoria ante un hecho traumático, fundamentado por el diagnóstico de la psiquiatra Galia Marcela Ascarrunz.

Becerra afirmó que la declaración de la joven en cámara Gessel es coherente con todos los demás elementos probatorios, por lo que -a su parecer- se contradice con la pérdida del recuerdo.

Con respecto al informe de la otorrinolaringóloga por la lesión en el paladar, el documento establece que no se aceptó la teoría de una agresión por sexo oral brusco y forzado, como explícitamente lo sugirió la especialista. Se alegó que hay la posibilidad de que se produjo por la convulsión, como ocurre en los casos de epilepsia en el que los pacientes se muerden la lengua.

La administradora de justicia valoró que “el auxilio inmediato por parte de sus amigos, hoy acusados, no responde a una conducta dolosa dirigida a violar su derecho a la libertad sexual, sino, a un comportamiento de compañeros que más allá de las circunstancias decidieron llevarla al lugar indicado”. Juzgó “imposible e inimaginable” que se produzca una violación en el estado crítico en el que estaba la joven.

Denuncia de parcialización por vínculo

El año 2016, la jueza Shirley Becerra fue acusada por supuestos casos de trata y tráfico de menores por una serie de adopciones, presuntamente ilegales, en las Aldeas Padre Alfredo. El proceso, según la jueza, fue descartado por el Consejo de la Magistratura ya que asegura que el paradero de los menores fue claramente establecido. Walter Suárez Chávez fue su abogado ante aquella acusación.

Los padres de la víctima en el caso La Manada, denuncian que existe entre un vínculo el abogado defensor del menor de edad absuelto, Jerjes Justiniano, y la jueza Bacarreza. Aseguran que es la explicación a la sentencia dada a conocer la pasada semana.

Según afirman, el abogado Suárez Chávez es parte del consorcio de Justiniano que funciona en las oficinas ubicada en la calle Campero. Página Siete contactó a Justiniano para corroborar la información y él descartó el vínculo.

“Él (Suárez) trabaja en mi oficina efectivamente, porque es parte de mi estudio. Yo tengo siete abogados pero ellos atienden causas por su cuenta. En las que ellos atienden conmigo, siempre yo firmo junto a ellos. Pero este no fue el caso. Yo no he firmado ningún documento en el proceso de Bacarresa”, afirmó.

Más de 48 pruebas documentales

Nancy Carrasco, quien condujo la comisión de fiscales que investigó el caso indicó que a lo largo del proceso se produjeron 48 pruebas documentales, 37 declaraciones de testigos vinculados directamente al hecho y a la participación del menor de edad imputado.

Además se produjo nueve dictámenes periciales que fueron defendidos en juicio por nueve peritos del Instituto de Investigación Forense (IDIF) y el Instituto de Investigaciones Técnico Científicas de la Universidad Policial (Iitcup).

Las nueve pericias fueron: Certificado médico forense, Dictamen pericial de biología forense, Pericia de toxicología forense (drogas), Dictamen pericial criminalístico para estudio de quimioluminiscencia, Dictamen pericial de quimioluminiscencia, Pericia psicológica forense al menor de edad acusado. Además del Dictamen pericial criminalístico y su complementación de Planimetría y geoposicionamiento, Dictamen policial de informática forense y su complementación y el Informe pericial criminalístico de desdoblamiento, con su ampliación de informe.

Tras año y medio

En medio de protestas, el 28 de junio pasado, la jueza del menor, Shirley Becerra, determinó absolver a uno de los acusados de violación en el caso La Manada.

2018 El 14 de diciembre, la joven de 18 años salió con cinco de sus amigos. Lo siguiente que recuerda es que despertó tres días después en una sala de hospital. Los análisis clínicos evidenciaron que fue drogada y víctima de vejamen.

9 días estuvo hospitalizada en estado crítico. El examen toxicológico señalaba que en su sangre había seis tipos de drogas. Llegó al hospital mojada, con rastros de tierra y pasto, situación que no pudo ser explicada durante las investigaciones.

18 de diciembre. Cuatro de los cinco acusados de la violación fueron enviados de forma preventiva a la cárcel Palmasola de Santa Cruz. El quinto fue enviado a un centro de menores de edad.

28 de diciembre. La reconstrucción del caso fue suspendida por tres semanas porque los acusados detenidos en Palmasola llegaron una hora tarde. Se denunció obstaculización de la justicia.

14 interrogantes dejaron las investigaciones. Entre ellas estaba la entrega irregular del vehículo en el que se transportó a la víctima, el que fue puesto a la disposición de las autoridades varios días después luego de ser lavado.

2019 El 28 de junio la jueza Shirley Becerra absolvió al menor acusado de coautoría. Dijo que el Ministerio Público no pudo probar la violación. El ministro de Justicia, Héctor Arce pidió una auditoría al proceso.

pagina Siete.

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