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Multas y hasta cierre por un año, sanciones si infringen normas

El incumplimiento de las normativas que obligan a los medios de comunicación a difundir “avisos gratis” se sanciona con penas que van desde pagar más de 30.000 bolivianos hasta el cierre del medio por un año, según la ANP.

“Los medios de comunicación (…) serán sancionados la primera vez con una multa de 10.000 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFVs). En caso de reincidencia serán 15.000 UFVs”, se lee en el Decreto Supremo 1347, que reglamenta la Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.

Esa normativa además de la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas establecen sanciones máximas de 15.000 UFVs, que equivalen a 34.454 bolivianos.

El artículo 17 del Decreto Supremo 762, que reglamenta a la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, establece: Los medios de comunicación “serán sancionados con inhabilitación temporal de funcionamiento de 150 a 360 días calendario”.

Son 12 leyes y un decreto que obligan a los medios privados a publicar, de forma gratuita, avisos y campañas gubernamentales.

Las normativas son: la Ley Contra el Racismo, la Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la Ley General de Derechos y Políticas Lingüísticas, la Ley para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia y la Ley General de las Personas Adultas Mayores.

En la lista también están la Ley General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores, la Ley General para Personas con Discapacidad, la Ley de Gestión Integral de Residuos, la Ley para la Defensa de los Animales contra Actos de Crueldad y Maltrato, el decreto sobre protección a niños y adolescentes, y la Ley de Organizaciones Políticas.

Pagina Siete.

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