
Ministro Ivan Lima dice que el informe de la CIDH debe acatarse bajo el principio de buena fe
El ministro de Justicia, Iván Lima, sostuvo este viernes que el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre los hechos ocurridos en el operativo en el hotel Las Américas contra de un grupo armado el 2009, tienen un carácter vinculante y que debe ser acatado bajo el principio de buena fe de los Estados.
La autoridad de Gobierno basa su explicación en los documentos de Juan Carlos Hitters, que dice que “la Comisión actúa como un organismo cuasi jurisdiccional, a tal punto que sus resoluciones poseen las mismas formalidades que un fallo”.
“El Informe CIDH está bajo reserva, por lo tanto no podemos pronunciarnos como Gobierno sobre su contenido públicamente. En General no en este caso los Informes de la CIDH (ver SCP 1250/2012) son vinculantes y la acción penal publica en Bolivia es definida por el Fiscal General (sic)”, escribió Lima en Twitter.
El informe de la CIDH indica que hubo ejecuciones extrajudiciales y tortura el 16 de abril de 2009, cuando un contingente de la Unidad Táctica de Resolución de Crisis, grupo de elite de la Policía Boliviana, ingresó a instalaciones del hotel Las Américas en Santa Cruz y realizó detonaciones en el cuarto piso e irrumpió en las habitaciones disparando sus armas de fuego. “Como consecuencia de dicho operativo, Eduardo Rózsa Flores, Árpád Magyarosi, Michael Martin Dwyer, resultaron muertos. Mario Tadic y Elod Tóásó fueron detenidos”.
“El Protocolo recoge Jurisprudencia, normas nacionales e internacionales y explica bajo el principio de buena fe que los estados al aceptar la competencia de la Comisión y la Corte están obligados a cumplir con los Informes y las Sentencias (sic)”, explicó el Ministro de Justicia en otro tuit.
De acuerdo al numeral 1.3 de Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género del Órgano Judicial de Bolivia sobre el carácter vinculante de los pronunciamientos de los órganos de protección de los Derechos Humanos: Sistema Universal e Interamericano dice que: “El principal instrumento internacional es la ‘Declaración Universal de los Derechos Humanos’, que fue adoptada el 10 de diciembre de 1948, y si bien al inicio no tenía carácter vinculante, por ser una Declaración; sin embargo, posteriormente, por su uso, como costumbre internacional, ha adquirido fuera vinculante”.
“Al ratificar una Convención, Pacto o Tratado, los Estados contraen obligaciones jurídicas y aceptan la autoridad de los Comités, que tienen las siguientes funciones: 1. Seguimiento de la implementación del Tratado, analizando los informes de los Estados y emitiendo informes y recomendaciones; 2. Interpretan los artículos del tratado a través de Observaciones y recomendaciones generales; 3. Examinan denuncias contra los Estados en casos concretos”, añade.
Fuente: Urgente.bo