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El lío de la Wiphala es culpa y delito del MAS

La wiphala vuelve a ser protagonista de la confrontación en el país, tal como sucedió en noviembre de 2019. Su esencia “sagrada” de “igualdad, armonía, solidaridad”, etc., no tiene nada que ver con los hechos del 24 de septiembre ni el riesgo que conlleva llevar el escándalo a marchas por desagravios y posteriores actos de violencia.

La wiphala divide al país, en vez de unificar y revalorizar a los pueblos originarios y retomar su carácter simbólico de plurinacionalidad.

Sin embargo, es nuevamente el masismo el que instrumentaliza este emblema para dividir, violentar y perseguir a los bolivianos.

El escándalo del 24 de septiembre en la plaza principal de Santa Cruz, cuando se izó la wiphala amarrada debajo de la Tricolor y sin estar dentro del programa de protocolo oficial, fue un acto planificado y perpetrado por el Gobierno del MAS y el propio vicepresidente David Choquehuanca, que debería meditar bastante antes de “aprobar” un juicio contra el gobernador Luis Fernando Camacho, sus asambleístas o las dos mujeres que fueron “identificadas” en el “ultraje” a esa bandera.

Hablar de dignidad, respeto u otras narrativas políticas o sentimentales no sirve y sólo le hacen el juego al masismo que ya sembró la división y el odio, nuevamente, en el oriente boliviano. Tampoco nos vamos a perder en dilucidar los conceptos de “símbolo” y “representatividad” que obedecen más a la esfera política que jurídica o constitucional.

Entonces, ¿cuál es la base para analizar el tema? La normativa vigente. ¡Punto!

Vamos a la Constitución Política del Estado (CPE) y el Decreto Supremo (DS) 241, que son los únicos instrumentos legales que hacen al caso, además del Código Penal, como se verá más adelante.

La CPE en su artículo 6, inciso II cita: “Los símbolos del Estado son la bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo de armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la kantuta y la flor del patujú”.

Entonces, la wiphala ES reconocida como un símbolo estatal y aquello no se puede negar.

¿La wiphala es bandera?

Ahora vamos al DS 241 de 5 de agosto de 2009, que norma los “Símbolos del Estado Plurinacional de Bolivia”.

En su artículo 4, de Definiciones, se refiere al concepto bandera como: “Pieza de tela cuadrangular que se sujeta por uno de sus lados a un asta y se emplea como insignia o emblema de una nación o Estado. En el caso del Estado Plurinacional de Bolivia son: la enseña tricolor compuesta por tres franjas horizontales rojo, amarillo, verde y la Wiphala”.

Entonces, la wiphala, por definición de ese DS, SÍ adquiere “rango” de bandera.

¿Se puede armar un caso por “ultraje al símbolo patrio”?

El DS 241 en su artículo 43, refiere el Régimen Sancionatorio y define como Ultraje a los Símbolos del Estado que: “Quien o quienes injurien, ofendan, desprecien ultrajen públicamente los Símbolos del Estado serán pasibles a las sanciones previstas por el Artículo 129 del Código Penal”.

¿Qué dice el art. 129 del CP?

“El que ultraje públicamente la bandera, el escudo o el Himno de la Nación, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años”.

A interpretación de abogados, el Código Penal de 1972 no alcanza a “wiphalas”, porque aquella no estaba reconocida como tal sino hasta que se dicta el DS en 2009; es decir, 37 años después.

¿Los cruceños que protagonizaron el escándalo del 24 de septiembre en Santa Cruz deben ser sancionados bajo esta figura?

Categóricamente, ¡NO!

En el marco de su autonomía departamental, la Gobernación organizó los actos protocolares y dispuso que sólo se izaría en mástiles la Tricolor y la bandera cruceña, verde y blanco. Aquello fue conocido por coordinación del nivel central, del Gobierno central y Presidencia.

Fue el Gobierno central y el presidente en ejercicio, David Choquehuanca, quienes en ese momento rompen el protocolo del organizador. Fueron funcionarios de Presidencia quienes “meten” la wiphala al acto y Choquehuanca el que la amarra debajo de la Tricolor.

Volvemos al DS 241 que en su artículo 31 sobre Uso en instituciones públicas, establece con nitidez: “La Wiphala se izará en el lado izquierdo del frontis de los inmuebles de las instituciones públicas del nivel central del Estado Plurinacional de Bolivia”.

El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz (GADSCZ) NO es parte del nivel central del Estado.

Asimismo, la iza de la wiphala está normada para ser colocada al lado izquierdo de las instituciones o actos públicos. NUNCA DEBAJO, como la amarró Choquehuanca.

Conclusión: fue el Gobierno el que rompió el protocolo oficial del organizador, vulneró la autonomía departamental y provocó a los cruceños.

Choquehuanca, en su deseo de “reivindicar” sino provocar, ULTRAJÓ la bandera wiphala al exponerla, amarrarla y colocarla por debajo de la Tricolor.

Si los abogados Wilfredo Chávez e Iván Manolo Lima persisten en una denuncia fallida, lanzarán un “boomerang” a su propio régimen.

Más claro aún, de mantener la tensión simbólica, como ahora impulsa el tirano Morales Ayma, los masistas confirmarán que su único objetivo es confrontar, perseguir y ensangrentar Bolivia con fines políticos, usando argumentos muy distantes de las reivindicaciones históricas de los pueblos originarios y el carácter “sagrado” de la (su) wiphala.

Iván Rada es periodista

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