Notariado reanudará el lunes servicios para garantizar otorgación de créditos y cobro de bonos
La Dirección del Notariado Plurinacional (Dirnoplu), institución descentralizada del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, reanudará el 4 de mayo sus servicios, de acuerdo a las disposiciones del Decreto Supremo 4229, con el fin de garantizar la otorgación de créditos y el cobro de bonos sociales.
La Dirnoplu está encargada de regular la actividad notarial y la provisión de valores notariales.
En ese marco, reiniciará sus labores esta semana para garantizar las operaciones del Sistema Financiero Nacional y las necesidades de la población boliviana beneficiaria de medidas sociales, como el plan de emergencia de apoyo al empleo y estabilidad laboral, mediante la otorgación y reprogramación de créditos para la micro, pequeña y mediana empresa; así como el cobro de jubilaciones, pensiones, Renta Dignidad, los bonos Juana Azurduy, Familia, Canasta Familiar, Universal, entre otros.
Dirnoplu comenzará también la venta de valores notariales a través de sus direcciones departamentales en el horario de 08h00 a 12h00. El desplazamiento de notarias y notarios de Fe Pública se hará de acuerdo a la terminación de su documento de identidad.
«Los lunes se desplazarán quienes tengan la terminación 1 y 2 en su carnet; los martes, 3 y 4; los miércoles 5 y 6; los jueves, 7 y 8; y los viernes, 9 y 0», reseña un comunicado institucional.
En el portal web de la Dirnoplu (www.notariadoplurinacional.gob.bo), se publicará el rol de atención de Notarías por departamentos, según el número de Notaría, nombre y apellidos del notario/a, dirección de su oficina, y número de teléfono y celular con WhatsApp.
Para el desarrollo de las funciones notariales, el conjunto de profesionales está obligado a cumplir estrictamente las medidas de bioseguridad dispuestas por el Ministerio de Salud y el Gobierno Municipal para prevenir el contagio del coronavirus.
Las y los profesionales del Notariado con enfermedad de base, de tercera edad, embarazadas o por cualquier causa, que se vean impedidas/os de brindar el servicio en este periodo de cuarentena pueden solicitar a las direcciones departamentales de su jurisdicción la suspensión voluntaria que les otorga la ley 483 del Notariado Plurinacional, y el Decreto Supremo N° 2189.
Red central/lc/kpb/ ABI