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Circular de Tribunal de Justicia vulnera artículo 115 de la CPE

El Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (Tdjlp), mediante Circular 15/2020 determinó el retorno a las actividades judiciales, desde hoy, en materia constitucional y penal, dejando de lado la civil, familiar y laboral, lo que vulnera el artículo 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), manifestaron abogados consultados por EL DIARIO.

El artículo 115 de la CPE señala: “I: Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II: El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”.

De acuerdo con la Circular 15/2020 firmada por el decano del Tdjlp, Iván Campero, desde las 8.30 hasta 14.30, de hoy, se atenderán casos penales para el conocimiento de procesos con aprehendido y con detenidos preventivos; en materia constitucional para el conocimiento y resolución de acciones de libertad y amparo.

“En el caso de la jurisdicción penal, así como los Juzgados Públicos de la Niñez Adolescencia en causas penales con detención, deberán resolver las solicitudes de amnistía, así como todas y cada una de las pretensiones vinculadas a causas con detenidos preventivos, incluyendo en dicha gestión el sorteo informático y remisión física de apelaciones correspondientes a tales causas, remisiones que necesaria e indispensablemente deberán consignar el número de WhatsApp y/o correo electrónico de los abogados y las partes, a los efectos del señalamiento, notificación y desarrollo de la audiencia por medio informático, sin cuyo requisito la apelación no será admitida”, se lee en una de las partes de la Circular.

En otra parte de la misma, se ratifica la instalación de audiencias virtuales como medio alternativo, para evitar la concentración de personas. Y las notificaciones a las partes por correo electrónico además de otros medios de mensajería instantánea.

VULNERACIONES

El abogado Eusebio Vera, en contacto con EL DIARIO, manifestó que la Circular 15/2020 del Tdjlp vulnera el derecho a la igualdad, la atención pronta e inmediata, que es uno de los principios básicos que tiene todo Estado.

“El hecho de no haberse instruido, el retorno, de por lo menos, en juzgados de turno en materia civil, familiar y laboral, hace que se vulnere el artículo 115 de la CPE ya que no se está realizando un trato igualitario, lo que perjudica a todas las personas que tienen proceso pendientes”, aseguró.

En similar criterio, la abogada Nataly Zúñiga, a tiempo de lamentar que el Tdjlp no tome en cuenta el artículo 115 de la CPE, manifestó a EL DIARIO, que hay muchas personas perjudicadas, entre ellas mujeres que son víctimas de violencia psicológica y económica, que se ven obligadas a vivir con su agresor ya que están a la espera de las disposiciones de un juez.

“Son prioridad los derechos de los niños, pero ni eso se tomó en cuenta, hay casos de papás que no pueden ver a sus hijos, hay guardas que están pendientes, estadísticamente se puede observar un incremento de violencia intrafamiliar en la cuarentena”, refirió.

40 POR CIENTO

El Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (Coed) definió que las instituciones públicas en La Paz regresen, desde hoy, al trabajo en oficinas con el 40 % de funcionarios para evitar aglomeraciones, es en esa disposición que el Tdjlp funda su Circular, empero juristas aseguran que los juzgados habilitados no llegan ni siquiera a ese porcentaje.

El abogado Ricardo Maldonado, en contacto con EL DIARIO, manifestó que el retorno a las actividades judiciales es en un porcentaje mínimo ya que los juzgados en las materias habilitadas tienen varias restricciones.

“Me parece que no es el 40 %, siendo que las dos materias, tanto penal como constitucional, tienen varias restricciones. Este retorno paulatino es mínimo. Las materias de penal y constitucional, son solo para algunos procesos con detenidos y las otras materias están en suspenso”, advirtió.

La abogada Zúñiga aseguró que el reinicio de las actividades judiciales en materia penal no suponen un avance en el acceso a la justicia, ya que en el periodo de cuarentena total que se vivió en La Paz, desde el 22 de marzo hasta el 31 de mayo, las audiencias, con las características que se aclaran en la Circular 15/2020 del Tdjlp, se desarrollaron de manera virtual.

“Gran avance en la protección de acceso a la justicia tampoco existe, evidentemente estamos en una emergencia sanitaria, pero la administración de justicia debe adecuarse a ello. Hay un grupo de personas muy perjudicadas, litigantes, abogados independientes, que no pueden seguir esperando la administración de justicia. Deberían haberse visto alternativas para que los juzgados se reactiven, por lo menos trabajar una vez por semana”, apuntó.

SALTO ELECTRÓNICO

Zúñiga aseguró que los trámites judiciales en los cuales se aplicaron herramientas tecnológicas, como notificaciones y audiencias virtuales, funcionaron muy bien en la época de cuarentena rígida que se vivió hasta ayer, por ello sugirió que las mismas también puedan abarcar a los procesos de materia civil, familiar y laboral.

Explicó que en época de cuarentena rígida, a través de un buzón judicial, pudieron ingresar memoriales y otros actuados en materia penal. Estos fueron notificados por WhatsApp y realizaron audiencias a través de una plataforma virtual, la cual fue rápida y efectiva, modalidad que también debería aplicarse en otras materias.

“Mientras se habilite la plataforma virtual, es sumamente importante que los juzgados en materia civil, familiar y laboral, empiecen a funcionar, porque estamos hablando de un grupo de personas muy grande que está perjudicado, estamos hablando de la parte litigante, de trabajadores también”, apuntó.

Para Maldonado, una alternativa al retorno de funciones de la justicia es la aplicación de la Ley 1173 que prevé el uso de herramientas electrónicas, pues está previsto el trabajo a distancia para jueces, fiscales y funcionarios.

SUELDOS E

INACTIVIDAD

Los juristas lamentaron que esta disposición del Tdjlp no tome en cuenta a los abogados de profesión libre que en este tiempo se vieron imposibilitados de ejercer su labor, empero continúan sus obligaciones de pagar los servicios de las personas que los apoyan.

“Los operadores de justicia siguen cobrando sueldo sin trabajar, pero ¿qué pasa con los abogados de profesión libre?, están sin trabajo. Hay que garantizar el acceso a la salud, sí o sí, pero no se puede pelear qué derecho constitucional está por encima, ya que el derecho al accesos oportuno a la justicia es igual que el derecho a la salud, entonces no se puede entrar en discusión para ver cuál de los dos tiene más validez, por ello el sistema judicial se tiene que adecuar a esta realidad e iniciar el trabajo virtual”, apuntó.

“Nosotros, los abogados en la profesión libre estamos inactivos, por casi tres meses, los abogados queremos trabajar y la ciudadanía que tiene procesos y demandas en curso exige justicia. Las víctimas exigen que se resuelva sus procesos”, aseguró el abogado Ricardo Maldonado.

El Diario

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