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Costas: No se aplicó la verificación biométrica

EN EL TED LA PAZ, PERSONAS PIDEN ANULAR SUS REGISTROS.

El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas, admitió que no se tomaron previsiones de aplicar anteriormente la “verificación biométrica”, con relación a los registros de los militantes de los partidos políticos.

“Deberíamos haber tomado una previsión de aplicar, anteriormente, la verificación biométrica antes, sí. Yo creo que esa podría ser una responsabilidad que podría atribuirse a nosotros (vocales del TSE), no haberlo hecho más oportunamente quien sabe esta coyuntura de la Ley 1096 aceleró muchos plazos y se ha evidenciado esta situación”, dijo Costas.

En la entrevista que dio a radio Panamericana, el vocal Costas admitió que existe cierta responsabilidad del TSE, sobre los problemas de las falsas militancias, pero dijo que era necesario poner en conocimiento de los ciudadanos estos temas.

“Yo creo, -aunque las denuncias son grandes y el porcentaje del registro de militantes representa 1.3 % ó 1.5 %- que es un tema que debía ser expuesto y necesariamente tendría que estar en conocimiento de los ciudadanos y de aquellos que van a participar como militantes de las organizaciones políticas”, afirmó Costas.

El 27 de enero de 2019 se realizarán por primera vez en nuestro país, las elecciones primarias y para tal efecto, el TSE debe presentar las listas actualizadas de militantes de cada partido político habilitado para esta consulta interna. En ese marco, Costas dijo que todos los datos de las listas de los partidos debe contrastar con el Padrón Biométrico.

“Es una actividad electoral que tiene que estar garantizada, que tiene que estar contrastada con el Padrón Electoral Biométrico por la seriedad que ello mismo implica”, dijo Costas y explicó que “lo único que se compara son los datos biográficos patronímicos (nombres y apellidos) y para registro solo se computan el 5 % de las firmas no de las huellas”.

Además, explicó Costas, que el proceso de verificación de la actualización de las listas de los partidos políticos, está sujeta a las disposiciones transitorias de la Ley Nº 1096 de Organizaciones Políticas (OP), promulgada el primero de septiembre, es decir, estas listas deben ser procesadas bajo la Ley de partidos políticos y de agrupaciones ciudadanas.

“Estamos aplicando el método antiguo y no, con el registro biométrico, porque la Ley de Organizaciones Políticas en sus disposiciones transitorias, establece que toda organización política que ha iniciado su trámite con la antigua normativa debe terminar con la mismas por lo que el reglamento y otras normas se aplican en esa línea”, aseveró.

Por ese motivo es que en ningún momento se hizo una comparación biométrica, porque no lo manda la ley y además si lo hubiese ordenado hubieran sido un trabajo complejo, porque se necesita de una persona entendida en este tema, puntualizó Costas.

El Diario

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